Juan Antonio de Ybarra e Ybarra trabaja en una novela histórica que se titulará: "Senda de amor y muerte. Castilla contra el Rey". Una novela costumbrista con apasionantes relatos de amor, intriga y muerte. El rey Pedro I de Castilla, uno de los protagonistas, está obsesionado con la idea de incorporar el Señorío de Vizcaya a la Corona de Castilla. ¿Conseguirá el rey someter a los vizcaínos?Juan Antonio de Ybarra e Ybarra


Artículos:

 

La soberanía de la Orden de Malta. ABC, 1993.

 

El pacto con la Corona. ABC, 1994.

 

Los vascos en la historia de España. El PAÍS, 1996.


Un comunicado:

 

¡Que cómo pienso yo! Aspaldiko, 2002.


Una entrevista:

 

Declaraciones sobre el secuestro de mi padre. EL MUNDO, 2002.

 

Algunos sucesos relacionados con el secuestro. EL MUNDO, 2002.

 

Reportaje fotográfico. EL MUNDO, 2002.


Recursos ante la Orden de Malta, 2003-2006:

 

Recurso ante el Gran Maestre y el Soberano Consejo por engaño y falsificación de documentos públicos para el ingreso en la Orden de Malta. Madrid, 17 de junio de 2003.

 

Richiesta di revoca presso il Gran Maestro ed il Sovrano Consiglio dell'inganno e della falsificazione di documenti pubblici d'ingresso nell'Ordine di Malta. Madrid, 17 giugno 2003.

 

Recurso contra la ratificación del nombramiento del Presidente de la Asamblea Española de la Orden de Malta por incumplimiento de normas para su elección. Madrid, 2 de julio de 2003.

 

Ricorso contro la ratificazione della nomina del Presidente della Associazione Spagnola del Ordine di Malta per inadempienza delle norme relative alla sua elezione. Madrid, 2 luglio 2003.

 

Parere della Consulta Giuridica del Sovrano Militare Ordine di Malta. Roma, 6 de ottobre 2003.

 

Recurso ante el Gran Maestre y el Soberano Consejo contra la conducta ilegal y abusiva del Presidente de la Asamblea Española de la Orden de Malta. Madrid, 23 de mayo de 2006.

 

NOTA:

La comisión disciplinaria fue nombrada directamente por el Presidente de la Asamblea Española sin contar con la ratificación de la Asamblea General, como establece el artículo 36 de sus Estatutos. Es de señalar que en ningún Orden del Día de las Asambleas Generales celebradas bajo la actual presidencia hasta mayo de 2006, figura el preceptivo nombramiento o ratificación de dicha comisión disciplinaria.

 


 

 

Recurso ante el Gran Maestre y el Soberano Consejo contra el decreto de expulsión de Don Juan Antonio de Ybarra e Ybarra, Gran Cruz de Honor y Devoción en Obediencia, por haber denunciado ante la Orden de Malta y después ante la Santa Sede las falsificaciones de documentos públicos para el ingreso en la Orden, y por el incumplimiento de normas para la elección del nuevo Presidente de la Asamblea Española. Madrid, 20 de junio de 2006.

 

Recurso administrativo ante el Gran Maestre y el Soberano Consejo contra la validez de la Asamblea General extraordinaria de la Asociación Española, celebrada con carácter cautelar el 3 de octubre de 2006. Madrid, 17 de octubre de 2006.

 

Recurso ante el Gran Maestre y el Soberano Consejo por incumplimiento del compromiso de dejar sin efecto el decreto de expulsión de Don Juan Antonio de Ybarra e Ybarra, después de haber sido aceptadas las condiciones coercitivas impuestas. Madrid, 1 de diciembre de 2006.


Recursos ante la Congregación IVC y SVA de la Santa Sede, 2003-2007:

 

Recurso ante el Cardenal Martínez Somalo, Prefecto de la Congregación IVC y SVA de la Santa Sede, por la desestimación de la Orden de Malta para resolver las denuncias presentadas por engaño, falsificación de documentos públicos, incumplimiento de normas y vicios de obrepción. Madrid, 20 de noviembre de 2003.

 

Recurso ante el Arzobispo Franc Rodé, Prefecto de la Congregación IVC y SVA de la Santa Sede, al declararse incompetente para resolver las denuncias presentadas por engaño, falsificación de documentos públicos, incumplimiento de normas, vicios de obrepción y la existencia de un conflicto con los superiores.  Madrid, 27 de mayo de 2004.

 

NOTA:

Esta declaración de incompetencia de los tribunales de la Congregación contraviene lo establecido en la Sentencia Cardenalicia de 1953. En la Sentencia Cardenalicia se señala de forma explícita la dependencia de todos los miembros de la Orden de Malta de la Iglesia.

 


 

 

Recurso ante el Arzobispo Franc Rodé, Prefecto de la Congregación IVC y SVA de la Santa Sede, solicitando dicte decreto en debida forma, revoque su declaración de incompetencia y admita a trámite el recurso presentado el 20 de noviembre de 2003. Madrid, 1 de julio de 2005.

 

Recurso ante la Congregación IVC y SVA de la Santa Sede por el silencio e incumplimiento de la obligación de resolver por parte de la Orden de Malta de las denuncias presentadas el 23 de mayo de 2006 contra el Presidente de la Asamblea Española. Madrid, 7 de julio de 2006.

 

NOTA:

En este Recurso se hacen constar las competencias y obligación de la Congregación para juzgar a tenor del Derecho Canónico, de la "Pastor Bonus" y de la Sentencia Cardenalicia de 24 de enero de 1953.

 

El Cardenal Franc Rodé, Prefecto de la Congregación IVC y SVC desde el 11 de febrero de 2004, ingresó en la Orden de Malta en 1997, como Capellán Conventual ad honorem. En 1999, siendo Arzobispo de Ljubljana, fue nombrado Capellán Gran Cruz Conventual y Capellán principal de la Asociación eslovena de la Orden. El 25 de mayo de 2006, con motivo de haber sido nombrado cardenal, el Gran Maestre Bertie le confirió el grado de Bailío Gran Cruz de Honor y Devoción, la más alta dignidad dentro de la Orden. Considerando que el Cardenal Rodé era un señalado miembros de la Orden de Malta, que no se dignó dictar resolución expresa conforme a Derecho en el recurso contra la Orden presentado el 20 de noviembre de 2003, ni en el recurso de 27 de mayo de 2004, ni en el recurso de 1 de julio de 2005, que del primero traen causa, ni en el recurso de 7 de julio de 2005, ni en los dos de 7 de julio de 2006, ni de haber atendido las reiteradas súplicas de amparo, fue recusado el 7 de julio de 2006, por ser juez y parte en este procedimiento.

 

El Cardenal Pío Laghi, Cardenal Patrono de la Orden de Malta y Bailío Gran Cruz de Honor y Devoción, también miembro de la Congregación de IVC y SVC, fue recusado el 7 de julio de 2006, por ser juez y parte en este procedimiento.

 


 

 

Recurso ante la Congregación IVC y SVA de la Santa Sede por la desestimación de la Orden de Malta del escrito de 20 de junio de 2006 contra la expulsión de Don Juan Antonio de Ybarra e Ybarra. Madrid, 28 de Julio de 2006.

 

NOTA:

En este Recurso se hacen constar las competencias y obligación de la Congregación para juzgar a tenor del Derecho Canónico, de la "Pastor Bonus" y de la vigente Sentencia Cardenalicia de 24 de enero de 1953. Existe una relación directa entre la actuación de la Congregación y la promulgación del decreto de expulsión. La Orden de Malta ha dictado dicho decreto, viciado de nulidad radical, en la impunidad que le ha proporcionado la Congregación al negarse a admitir los recursos contra las ilegalidades cometidas por la Orden.

 


 

 

Recurso ante la Congregación IVC y SVA de la Santa Sede contra la validez de la Asamblea General Extraordinaria de la Asamblea Española de la Orden de Malta, celebrada el 3 de octubre de 2006. Madrid, 29 de noviembre de 2006.

 

Recurso ante la Congregación IVC y SVA de la Santa Sede contra la desestimación del recurso de expulsión interpuesto por Don Juan Antonio de Ybarra e Ybarra ante el Gran Maestre y el Soberano Consejo de la Orden de Malta el 1 de diciembre de 2006. Madrid, 14 de enero de 2007.

 

NOTA:

Las acusaciones que se formulan en el nuevo Decreto de expulsión, que ahora se recurre, han sido sustituidas por otras distintas del primer Decreto, imponiendo condena sin dar audiencia.


Quirógrafo de S. S. el Papa Pío XII de 1951 y Sentencia del Tribunal Cardenalicio de 1953:

 

Quirógrafo de S. S. el Papa Pío XII, Il Sovrano Militare Ordine Gerosolimitano di Malta. Palazzo Apostolico Vaticano. Città del Vaticano, il 10 de diciembre de 1951.

 

Sentencia Tribunal Cardenalicio, Il Sovrano Militare Ordine Gerosolimitano di Malta. Palazzo Apostolico Vaticano. Città del Vaticano, il 24 de gennaio de 1953.

 

La Sentencia Cardenalicia de 24 de enero de 1953 del Tribunal Cardenalicio, creado por Quirógrafo de Su Santidad el Papa Pío XII el 10 de diciembre de 1951, investida de toda autoridad pontificia, fue definitiva y no susceptible de apelación o de otras ordenanzas. Determinó sobre las cualidades de la Orden de Malta como "orden soberana" y como "orden religiosa" y sobre la dependencia de todos sus miembros de la Santa Sede. Esta norma fundamental, que regula las relaciones de la Orden de Malta con la Santa Sede, se encuentra plenamente en vigor. Madrid, junio de 2007.

 


 

 

Vigencia del Quirógrafo del Papa Pío XII <<Il Sovrano Militare Ordine>> de 10 de diciembre de 1951 y de la Sentencia Cardenalicia de 24 de enero de 1953, en el ordenamiento Constitucional de la Orden de Malta.

 

NOTA:

Argumentos expuestos por Don Juan Antonio de Ybarra e Ybarra ante el Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica de la Santa Sede. Madrid, 29 de octubre de 2007.

 


 

 

Carta de Don Juan Antonio de Ybarra e Ybarra al Cardenal Don Eduardo Martínez Somalo, Prefecto de la Congregación IVC y SVA, anunciando las reformas que se iban a introducir en la Carta Constitucional de 1961 de la Orden de Malta. Madrid, 31 de mayo de 1993.

 

Carta de contestación del Cardenal Don Eduardo Martínez Somalo, Prefecto de la Congregación IVC y SVA a Don Juan Antonio de Ybarra e Ybarra. Roma, de 24 de julio de 1993.

 

Carta de contestación del Gran Maestre Andrew Bertie a Don Juan Antonio de Ybarra e Ybarra. Roma, 10 de junio de 1993.

 


 

NOTA:

El 7 de noviembre de 1997, el Cardenal Martínez Somalo, en su calidad de Prefecto de la Congregación IVC y SVA, sancionó los textos que modificaban sustancialmente la Carta Constitucional de 1961. Con motivo de esta sanción desaparecieron el Quirógrafo del Papa Pío XII de 1951 y la Sentencia Cardenalicia 1953 de la Carta Constitucional reformada en 1997. La supresión de esos textos de la Carta Constitucional reformada de 1997, se realizó sin la promulgación de un nuevo Quirógrafo o de la sanción del Papa para que tuviera validez. Madrid, 29 de octubre de 2007.


Recursos y alegaciones ante el Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica de la Santa Sede, 2006-2012:

 

Recurso ante la Signatura Apostólica de la Santa Sede por infracción de ley contra las resoluciones de la Congregación IVC y SVA recaídas ante los denuncias presentadas por Don Juan Antonio de Ybarra e Ybarra el 20 de noviembre de 2003, el 27 de mayo de 2004 y el 1 de julio de 2005, por engaño, falsificación de documentos públicos, incumplimiento de normas, vicios de obrepción y la existencia de un conflicto con los superiores. Madrid, 18 de julio de 2006.

 

Recurso ante la Signatura Apostólica de la Santa Sede por infracción de Ley, de principios jurídicos, de derechos fundamentales de la persona, por nulidad de pleno derecho del procedimiento, por falta absoluta de tramitación y contra el silencio de la resolución presentada el 7 de julio de 2006, ante la Congregación IVC y SVA. Madrid, 6 de noviembre de 2006.

 

NOTA:

El Cardenal Agostino Vallini, Prefecto del Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica desde el 27 de mayo de 2004, ingresó en la Orden de Malta en 1994 como Capellán Gran Cruz Conventual ad honorem, siendo Obispo en la diócesis suburbicaria de Albano. Con motivo de haber sido nombrado cardenal, el Gran Maestre Bertie le confirió el 25 de mayo de 2006, el grado de Bailío Gran Cruz de Honor y Devoción, la más alta dignidad dentro de la Orden. Al considerarle un miembro destacado de la Orden de Malta, fue recusado el 6 de noviembre de 2006, por ser  juez y parte en este procedimiento.

 


 

 

Restitución "in Integrum"  ante la Signatura Apostólica por la imposibilidad material que tuvo Don Juan Antonio de Ybarra e Ybarra de recurrir el Decreto de 21 de agosto de 2006, respetando el plazo concedido, y por la manifiesta injusticia de haber menospreciado lo prescripto en el Quirógrafo de S. S. el Papa Pío XII de 10 de diciembre de 1951 y en la Sentencia Cardenalicia de 24 de enero de 1953. El menosprecio a estas normas de derecho sustantivo conculca de pleno el canon 1645 § 2, 4º. Madrid, 6 de noviembre de 2006.

 

NOTA:

Es de señalar que el Decreto de 21 de agosto de 2006, fue emitido contra el recurso presentado e1 18 de julio de 2006, y que fue notificado a esta parte el 25 de agosto de 2006; es decir, en plenas vacaciones veraniegas, cuando los Tribunales de toda Europa vacan y no realizan trámite alguno. Encontrándose Don Juan Antonio de Ybarra e Ybarra ausente de Madrid por motivo de dichas vacaciones estivales, le fue imposible recurrir el meritado Decreto en el término perentorio de treinta días hábiles, previo depósito de fianza de 1.550 € y nombramiento de abogado-procurador como se exigía en dicho Decreto.

 

Decreto del Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica de la Santa Sede, denegando la restitución "in Integrum", presentada el 6 de noviembre de 2006. Roma 20 de noviembre de 2006.

 

NOTA

El Decreto de 20 de noviembre de 2006, deniega la petición formulada en la restitución "in Integrum", amparándose en la letra de la norma, pero viola el fin de la misma.

 


 

 

Recurso ante la Signatura Apostólica de la Santa Sede por la desestimación del recurso de 28 de julio de 2006, interpuesto ante la Congregación IVC y SVA contra el Decreto de expulsión de Don Juan Antonio de Ybarra e Ybarra de 10 de mayo de 2006. Madrid, 21 de noviembre de 2006.

 

Alegaciones presentadas ante la Signatura Apostólica de la Santa Sede con motivo del nuevo Decreto 46651 de 26 de octubre de 2006, que ratifica y da firmeza a la expulsión condicional ordenada por el anterior Decreto 46075. Madrid, 18 de diciembre de 2006.

 

NOTA:

Las acusaciones que utiliza el Decreto 46651 para dar firmeza a la expulsión impuesta por el Decreto 46075 son completamente distintas a las imputadas en el primer Decreto, lo que constituye una notoria aberración jurídica. Esta introducción de nuevas acusaciones sustitutivas indica que se cumplieron las condiciones impuestas en el Decreto 46075 para levantar la pena de expulsión, como realmente sucedió, y que el Gran Magisterio de la Orden ha tenido que "inventar" otras causas para consumar su arbitrariedad. El Gran Maestre y el Soberano Consejo, engañando la buena fe de Don Juan Antonio de Ybarra e Ybarra, han incumplido de forma flagrante su compromiso expresado en el Decreto 46075, por el que anularía la expulsión si se cumplían aquellas condiciones.

Las imputaciones que se formulan "ex novo" en el Decreto 46651, son fútiles, de total irrelevancia jurídica o falsas de toda falsedad o simples hipótesis o deducciones subjetivas y equivocadas. Los motivos alegados para la expulsión consisten en haber enviado al Gran Magisterio un escrito por conducto notarial mediante notario extranjero; que el texto de dicho escrito era irónico e irrespetuoso; que se había negado la propia objetiva culpa; y que no se había querido mantener relaciones directas con el Gran Maestre en términos de humilde contrición; y, por último, que, después de haberse retirado de la Web de Internet los recursos ante la Santa Sede, como exigía el Decreto 46075, se habían vuelto a insertar. Estas imputaciones o son falsas o no tienen el menor carácter punible y carecen de la más mínima racionalidad, hasta el punto de que convierten al Decreto en una aberración jurídica.

 


 

 

Recurso ante la Signatura Apostólica de la Santa Sede por infracción de ley y contra la respuesta extemporánea de la Congregación IVC y SVA en una carta despectiva de 5 de marzo de 2007, menospreciando los recursos que Don Juan Antonio de Ybarra e Ybarra había presentado el 28 de julio de 2006 y el 29 de noviembre de 2006. Madrid, 29 de marzo de 2007.

 

NOTA:

Siete meses después de haber presentado el recurso de 28 de julio de 2006 ante la Congregación IVC y SVA, y recurrida la denegación tácita del mencionado Dicasterio ante el Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica el 21 de noviembre de 2006, Don Juan Antonio de Ybarra e Ybarra recib del secretario del Dicasterio una carta despectiva de 5 de marzo de 2006. Esta respuesta extemporánea hace sospechar que el Dicasterio quiso subsanar su pasividad cuando el recurso contencioso se tramitaba ante el Tribunal Supremo. Lo cierto fue que su tardía respuesta no solo no subsanaba nada, sino que agravaba su actitud de menosprecio.

 


 

 

Recurso contra el Decreto de 13 de abril de 2007 de  la Signatura Apostólica de la Santa Sede por el que se deniega el recurso de 21 de noviembre de 2006, presentado contra la expulsión de Don Juan Antonio de Ybarra e Ybarra. Madrid, 27 de abril de 2007.

 

NOTA:

El Decreto de 13 de abril de 2007 de la Signatura Apostólica incurre en violación del principio general de derecho que señala la inadmisibilidad de actuar contra los propios actos, conocido bajo la fórmula "venire contra factum proprium non valet". El contenido del Decreto, en cuanto viene a negar la capacidad de los miembros no profesos de la Orden de Malta para acudir a la Santa Sede, es contradictorio con la Sentencia Cardenalicia de 1953. El punto nº 3 de la mencionada Sentencia declara de manera explicita la dependencia de los Caballeros de Honor de la Santa Sede.