EL PACTO CON LA CORONA

por Juan Antonio de Ybarra e Ybarra

 

La tradicional confusión que rige la vida intelectual española se ha visto enriquecida en los últimos días con diversas apelaciones al federalismo, nos ha dicho don Federico Jiménez Losantos al exponernos las interesantes reflexiones que hizo sobre el federalismo y el neocarlismo en sus "Comentarios Liberales", el sábado pasado, en ABC.

El 10 de diciembre de 1976 publiqué un artículo en varios periódicos del País Vasco que titulé, El Regionalismo: Un Tema Para Debate Nacional. Entonces nos encontrábamos ante el proyecto de ley para la Reforma Política del Gobierno Suárez. Se iba a legalizar la libertad y legitimar la autoridad, es decir, se establecería la democracia en España. En el preámbulo del proyecto Suárez para la Reforma Política quedaba emplazado para después de las elecciones generales, entre otros temas, la institucionalización de las regiones. En aquellos momentos, especialmente, en el País Vasco y Cataluña, se presentaban tantas tesis sobre el regionalismo, de las posibles alternativas autonomistas y del federalismo, que era fácil darse cuenta de la poca claridad de ideas que se venían manifestando en torno a estos temas tan cruciales para nuestra futura convivencia política.

Aquella situación por la que atravesábamos no era del todo desconocida por nuestra Historia. En la Cortes Constituyentes de 1931, la noche del 25 de septiembre, José Ortega y Gasset, en su condición de diputado, se dirigió al Congreso para denunciar la confusión de ideas que se estaban manifestando en la campaña electoral, en la propaganda, en los mítines, en los periódicos y, hasta, en la misma Cámara sobre los principios de la autonomía regional y del federalismo.

Es sabido que el regionalismo admite la soberanía indivisa del Estado español, porque se considera que España está formada por regiones que un día hicieron posible esa unidad política. Pero, precisamente, porque esa unidad nacional fue posible gracias a ellas, la doctrina regionalista pide para las regiones el respeto de sus peculiaridades político-administrativas, es decir, solicita para ellas una autonomía limitada. La doctrina nacionalista defiende la tesis de que las regiones son naciones, a las que les corresponde la máxima autonomía político-administrativa, aunque admita la idea de estar agrupadas en el Estado español. Mientras que los principios separatistas, que también consideran a las regiones como naciones, con la máxima autonomía político-administrativa, solicitan para ellas la soberanía, aunque acepten la posibilidad de estar integradas en un Estado federal español.

La solución del federalismo pretende buscar una fórmula que permita a varios Estados vivir bajo una misma autoridad política, haciendo cesión -cada uno de ellos- de parte de su soberanía y de su propia autonomía. Por estos motivos, los Estados Unidos de Norteamérica, Suiza y la República Federal Alemana, adoptaron estas fórmulas federativas. Los Estados Unidos acogieron este sistema debido a su gran extensión y a necesidades prácticas. Suiza, porque en la formación de su Estado convivían pueblos de idiomas tan diferentes como el alemán, francés, romanche e italiano. En Alemania, fue viable esta solución federal, por la consolidación constitucional de los Lander y la intervención de los aliados en su futuro político. Estos países eligieron la fórmula del federalismo porque tenían un denominador común: la necesidad de un sistema que les permitiera vivir bajo una misma unidad política.

Si las doctrinas regionalistas, nacionalistas y separatistas abogan, de una manera más o menos radicalizada, por una descentralización político-administrativa, es decir, por una mayor o menor autonomía regional, el sistema del federalismo -por el contrario- pretende exclusivamente crear una nueva unidad política, o lo que es igual, se ocupa más del principio de la soberanía. Por tales motivos, los principios de autonomía regional y del federalismo son opuestos entre si, pues cada uno de ellos se ocupan de diferentes problemas.

Por eso, cuando intervino Ortega y Gasset en el Congreso para denunciar el confusionismo de ideas que reinaba en España acerca de estos principios de autonomía y federalismo, dijera que eran distintos y más bien antagónicos, advirtiendo que un Estado federal, lo constituye un conjunto de pueblos que caminan hacia su unidad, mientras que un Estado unitario que se federa, se retrograda y camina hacia su dispersión.

El país tiene conciencia de que la soberanía indivisa del Estado español, es decir, nuestra unidad política, es pieza fundamental para nuestro futuro político. Unidos todos, como dijo el Rey de España en Asturias en 1976, podremos lograr cualquier empresa por difícil que parezca. La soberanía es nuestro fundamento político. Y así lo entendió Ortega y Gasset cuando, al referirse a ella, afirmó en el Congreso, la noche del 25 de septiembre de 1931, que no era una competencia cualquiera, que no era propiamente el Poder, que no era ni siquiera el Estado, sino que era el origen y fundamento de todo Poder, de todo Estado, de toda Ley, de todo Derecho y de todo Orden. España, como dijo Salvador de Madariaga, no tiene motivos objetivos de separatismos, porque los pueblos Vasco y Catalán están entretejidos en la historia de España, de un modo tan íntimo, que su separación desgarraría un ser vivo y lo dejaría exangüe.

Cuando el señor Jiménez Losantos dice que la vida intelectual española está impregnada de una tradicional confusión, yo matizaría, añadiendo que alguna parte de la vida intelectual y política española, desconoce algunas realidades político-multiseculares de nuestras regiones históricas. Pero no estoy muy de acuerdo con él cuando afirma que la foralidad es una barrera y no una garantía de la libertad. Me va a permitir don Federico Jiménez Losantos que disienta de él y me refiera a mi condición de vasco y a mi tierra: el señorío de Vizcaya.

Siendo don Ramón Rubial Cavia presidente del primer Consejo General de País Vasco, formé parte de él, por la Unión de Centro Democrático, en mi calidad de Secretario Técnico de la Consejería Sin Cartera, una consejería con competencias eminentemente políticas. Participé activamente en la elaboración del Proyecto del Estatuto de Autonomía para el País Vasco. Hubo alguna voz que reclamó, dentro de la Ponencia, la vía de la foralidad para diseñar el futuro político del País Vasco. Fue una posibilidad que quedó descartada porque el sistema propiamente foral quedó interrumpido desde 1876, habían transcurrido cien años desde su abolición, y era casi imposible hacer un desarrollo de aquellos fueros con los que nos gobernamos los vascos durante cientos de generaciones. Pero los fueros, como afirma don Federico Jiménez Losantos, nunca formaron parte del sistema de los instrumentos feudales, porque allí nunca existió feudalismo, sino hombre libres que se gobernaron con sus Fueros, usos y costumbres ancestrales.

El señorío de Vizcaya fue el último de los tres territorios históricos vascos que se vinculó a la Corona de Castilla. El señorío de Guipúzcoa se incorporó voluntariamente a la Corona de Castilla, a petición de los guipuzcoanos, con el rey Alfonso VIII de Castilla en 1200. El señorío de Álava pidió voluntariamente su incorporación al rey Alfonso XI en 1332. Tanto Alfonso VIII como Alfonso XI tuvieron que jurar los fueros de aquellos territorios vascos que se incorporaban voluntariamente a la Corona de Castilla, como demostración de que los Reyes de Castilla se comprometían a respetar sus usos y costumbres. El caso del señorío de Ayala fue muy similar al de los territorios de Álava y de Guipúzcoa. Su incorporación, también voluntariamente a la Corona de Castilla, se produjo con Alfonso XI en 1334. Sin embargo, el señorío de Vizcaya se incorporó a la Corona de Castilla de forma diferente. Al extinguirse la casa de Haro, los derechos hereditarios de los señores de Vizcaya recayeron en la casa de Lara y después en la casa de los Manuel. A esta casa pertenecía la reina Juana Manuel, la mujer del rey Enrique II de Castilla y, por lo tanto, cuando en 1370 murió don Tello, recayeron en el infante Juan de Castilla los derechos sucesorios del señorío de Vizcaya, porque su madre, la reina Juana, había renunciado en su favor, a los derechos que le correspondían.

Al morir el rey Enrique II en 1379, coinciden en la persona del nuevo rey, Juan I, la Corona de Castilla y el Señorío de Vizcaya. Pero esta unión no supuso una asimilación del Señorío por parte de la Corona, tan sólo se dio una legítima coincidencia de que una misma persona ostentara los títulos de rey de Castilla y de señor de Vizcaya. Además, ello no suponía una alteración de la situación política de Vizcaya. El señorío de Vizcaya seguía conservando sus Fueros, usos y costumbres, con su peculiar sistema político. Y a partir de ese momento, el rey de Castilla tendría que jurar ante los vizcaínos sus Fueros para ser reconocido como su señor natural, de la misma manera que lo tuvieron que hacer todos los anteriores señores de Vizcaya.

Los señores de Vizcaya siempre fueron señores soberanos de sus territorios. Vizcaya nunca fue territorio dependiente de las Coronas de León, Pamplona y Castilla, como se ha mantenido y se sigue afirmando. Vizcaya fue territorio libre, sin dependencia alguna de esos reinos, a pesar de los muchos intentos que se hicieron por dominarlo en la transcurso de la Historia. Sin embargo, muchos reyes de Pamplona y de Castilla buscaron la amistad y colaboración de los señores de Vizcaya para sus empresas durante la Reconquista. Y en agradecimiento a la colaboración que recibían de los señores de Vizcaya, los reyes les otorgaban cargos, honores y estados en sus reinos. Por estos motivos, los señores de Vizcaya les rendían homenaje, como vasallos suyos, por aquellos territorios que recibían. El señor de Vizcaya reunía en su persona las condiciones de soberano independiente, como señor de Vizcaya, y la de vasallo del rey, como ricohombre de su reino.

Don Luis Salazar y Castro en su "Historia Genealógica de la Casa de Haro", publicada por la Real Academia de la Historia, cuya documentación se custodia en el Archivo Documental Español, se manifestó en este mismo sentido sobre la independencia secular del señorío de Vizcaya. Dejó escrito que él había defendido que el señorío de Vizcaya era feudo dependiente de las Coronas de Castilla, León o Navarra y se retractó públicamente cuando escribió esa obra, al afirmar que el señorío de Vizcaya fue siempre país libre sin dependencia alguna de otros, como tantas veces se había dicho.

No hace bien, don Federico Jiménez Losantos, cuando dice que el Pacto con la Corona destruiría la legitimidad de la Monarquía, porque es precisamente ese Pacto de la Corona que hicieron los Trastámara, los Austria y los Borbón hasta 1876, con los alaveses, los guipuzcoanos y los vizcaínos, lo que hizo posible la convivencia pacífica de los tres territorios históricos vascos con el resto de España durante tantos siglos de Historia común.

Diario ABC. Madrid, 15 de diciembre de 1994.